Sin embargo, es necesario que cumplan con los requisitos de entrada en el Espacio Schengen, para ello habrán de viajar provistos de:
En estos casos se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España. La cantidad mínima a acreditar es de 90 euros por persona y día, con un mínimo de 810 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.
Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
La visa de estudio es un requisito esencial para los ciudadanos colombianos que desean cursar estudios en España, ya sea en programas académicos, intercambios o estudios superiores. Para solicitarla, es necesario realizar el trámite en el consulado español en Colombia.
Los requisitos básicos suelen incluir: una carta de admisión oficial de la institución educativa, pasaporte vigente, comprobantes de solvencia económica para cubrir gastos de matrícula, manutención y alojamiento, seguro médico internacional, certificados de antecedentes penales y evidencia de vínculos con Colombia para demostrar intención de regresar.
Este tipo de visados es aprobado directamente por las Autoridades Competentes en España. En consecuencia, el plazo para resolver una solicitud de visado varía según la Subdelegación del Gobierno ante la que se presenta la solicitud, Usualmente el plazo mínimo para recibir respuesta desde los Servicios Centrales es de 4 semanas aproximadamente.
Todos los visados de larga duración (Trabajo, Reagrupación Familiar, Estudios por un periodo superior a seis meses, Residencia sin finalidad laboral, etc.), se expiden siempre por noventa días. Durante ese plazo (90 días), el solicitante deberá viajar a España y dirigirse a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación de Gobierno de la provincia donde vaya a residir o a estudiar y solicitar la Tarjeta de Residencia o de Estancia por estudios, que le servirá en lo sucesivo como documento de identidad en España.
El N.I.E. (número de identificación de extranjeros, se asigna automáticamente al tramitar el visado correspondiente o la tarjeta de residencia o estancia. no es necesario solicitarlo previamente.
Los certificados médicos se pueden tramitar en cualquier centro médico a nivel nacional y pueden ser expedidos por cualquier médico de medicina familiar o medicina interna, acreditado por el Ministerio de Salud y Protección Social en Colombia.
Todos los extranjeros, incluidos los ciudadanos colombianos, que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar, necesitan contar con un visado de este tipo.